¿Un contrato de servicios o la selección de un socio? La extralimitación del objeto y la trampa de los lotes únicos
Los dos primeros motivos del recurso apuntan al núcleo del problema: lo que Renfe llama «contrato de servicios» incluye una operación societaria que excede la normativa. Y sin lotes, la licitación es un acceso reservado.
Un contrato de servicios tiene un objeto definible: alguien presta una actividad y otro la paga. El expediente 2026-00786 de Renfe Viajeros falla en ese punto de partida: bajo la etiqueta de «contrato de servicios», incluye una operación societaria que excede por completo el ámbito del Real Decreto-ley 3/2020.
Primer motivo: cuando un «contrato de servicios» esconde la selección de un socio
El Documento Complementario es explícito: la prestación del servicio se realizará a través de una Sociedad Anónima Participada entre el adjudicatario y Renfe Viajeros, al 51% y 49% respectivamente. Esa sociedad «se subrogará en todos los derechos y obligaciones del adjudicatario» derivados de la adjudicación.
Quien gane la licitación no simplemente firmará un contrato de servicios y comenzará a operar autobuses. Estará obligado a constituir una sociedad anónima con Renfe —una empresa pública— en la que Renfe tendrá el 49% del capital. El adjudicatario se convierte, antes que nada, en socio fundador de una empresa mixta.
«Lo que se licita no es solo quién presta el servicio, sino quién se sienta junto a Renfe en el consejo de administración de una empresa durante quince años.»
Esa dimensión societaria no tiene encaje en la definición de contrato de servicios del artículo 17 de la LCSP, ni en la figura del contrato mixto del artículo 15 del RDley 3/2020. Es una operación patrimonial ajena a la normativa contractual.
La constitución de sociedades mixtas público-privadas no es ilícita en sí misma. El TJUE admitió en el asunto Acoset (C-196/08, 2009) que la selección del socio privado y la adjudicación del contrato pueden articularse en un único procedimiento. Pero en ese caso el procedimiento estaba específicamente diseñado para la sociedad mixta, con todas sus garantías. Aquí, en cambio, la operación societaria se superpone a un contrato de servicios sin que su régimen jurídico esté definido.
Segundo motivo: la trampa del lote único
El artículo 52.3 del RDley 3/2020 establece la división en lotes como regla general. La excepción exige una justificación expresa y verificable. En el expediente 2026-00786 no consta motivación alguna.
La propia Renfe demuestra que la división es posible
- Exp. 2026-01179Transporte alternativo entre Marcilla de Navarra y Pamplona por corte de vía. Un tramo, una necesidad concreta.
- Exp. 2025-04975Servicio alternativo en autobús entre Baracaldo y Santurce por corte de vías. Alcance territorial limitado.
- Exp. 2025-03874Servicio alternativo entre El Prat y Vilanova por obras en la línea R2 Sud. Contrato puntual y acotado.
- Exp. 2026-00388Transporte por carretera entre León y La Asunción. Núcleo de cercanías de León.
- Un solo contrato nacional
- Valor estimado: 923 M€
- Accesible solo a grandes grupos
- PYMEs excluidas en la práctica
- Cierre del mercado durante 15 años
- Sin motivación de la decisión
- Varios contratos territoriales
- Valor proporcional por lote
- PYMEs pueden concurrir
- Competencia efectiva y periódica
- Duración ajustada al objeto real
- Motivación objetiva y verificable
«La ausencia de lotes no es una decisión técnica neutral. Es el mecanismo que convierte un servicio prestable por centenares de empresas en un contrato accesible para un puñado de grandes grupos.»
Nota: Este artículo forma parte de la serie «Control de legalidad en la contratación de sectores especiales». El autor es Socio Director de Pro Actione y redactor del recurso especial interpuesto por FENADISMER ante el TACRC frente al expediente 2026-00786 de RENFE VIAJEROS, S.M.E., S.A.